Estas son nuestras propuestas para el nuevo PGOU

Tras la presentación a los grupos políticos del avance del nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Getxo, desde Elkarrekin hemos presentado 32 propuestas dirigidas enfocar el Plan a la transparencia, la protección del medio natural, la movilidad sostenible, la garantía del derecho a la vivienda, el turismo sostenible o a la protección de los barrios. Estas son nuestras propuestas:

01. SEGREGACIÓN CASERÍOS

Establecer en el PGOU (Normativa General) una Ordenanza más donde se fije en qué zonas es posible esta segregación de caseríos – en base a los servicios con los que ya cuentan - y con qué condiciones y límites se permiten segregar (qué se les va a pedir a las y los solicitantes y con qué límite). La ordenanza solicitada deberá contemplar la excepcionalidad de los caseríos de Andra Mari, principalmente aquellos que quedan fuera de ordenación. 

Nos parece fundamental la preservación del medio rural en la misma medida que consideramos precisa la potenciación del sector primario. Entendemos por ello que la segregación debería estar siempre orientada a dicha potenciación. 

Nos interesa también contemplar el caso excepcional de los caseríos de Andra Mari, poniendo el foco en aquellos que quedan fuera de ordenación, algo que está suponiendo un quebradero de cabeza para diferentes residentes de la zona, a quienes no se les permite rehabilitar o segregar sus casas. Creemos importante recoger las reclamaciones de diferentes colectivos, como Andra Mari Gure Lurra, que han trasladado, a raíz de esta carencia en la normativa actual, su disconformidad. 

02. PLANES ESPECIALES EN SNU

Recoger expresamente en la Normativa la posibilidad de redacción de Planes Especiales en Suelo No Urbanizable para establecer normas adicionales de cara a la protección y a la potenciación de los enclaves naturales más significativos o con mayor valor ambiental. 

Es posible que determinados enclaves en Suelo No Urbanizable requieran de una ordenación pormenorizada específica para el fomento de su protección o la potenciación de sus valores naturales o paisajísticos. En este sentido, debe recogerse esta posibilidad en la Normativa General del Plan General de Ordenación Urbana.

03. VIVIENDA

Establecer en el PGOU un crecimiento del número de viviendas que agote la máxima capacidad residencial permitida por las Directrices de Ordenación del Territorio. Ello no se hará mediante la reclasificación de nuevo suelo sino a través de la redensificación de los sectores ya propuestos (TOSU, MURU y PEÑA SANTA MARINA) y cuya densidad puede subirse al alza porque la propuesta de densidad está en una horquilla media. Esta redensificación de los sectores prioritarios se hará en base exclusivamente a incrementar la vivienda de protección pública en los mismos. Ello exigirá adaptar la normativa particular de todos y cada uno de estos sectores.

04. VIVIENDA PROTEGIDA EN ALQUILER

Establecer en el PGOU que, como mínimo, la mitad de las viviendas protegidas previstas en el PGOU en actuaciones integradas, tanto en el suelo urbano no consolidado como en suelo urbanizable, se destinen al alquiler asequible. Ello exigirá adaptar la Normativa Particular de todos y cada uno de estas áreas y sectores y establecer en la Memoria un nuevo coeficiente de ponderación en la memoria que no contemple sólo el alquiler social para diversificar la oferta a alquiler asequible (con precio regulado desde las Administraciones Públicas).

Una gran mayoría de las y los demandantes de vivienda protegida lo son de una vivienda protegida en alquiler. La normativa vigente en Euskadi exige que las previsiones de los PGOU atiendan suficientemente la demanda de vivienda protegida, también por tanto en el régimen de alquiler asequible. En la misma línea, la Ley 3/2015 de Vivienda corresponsabiliza a los Ayuntamientos en el cumplimiento del derecho subjetivo a la vivienda; lo que pasa necesariamente por la dotación de nueva vivienda protegida en régimen de alquiler asequible. 

Esta propuesta es compatible con la movilización de vivienda vacía que pueda ser susceptible de alquiler público, de tal forma que se sume a la nueva construcción esta oferta de vivienda, con el objetivo de reducir el espacio urbanizable. 

05. VIVIENDA PROTEGIDA EN ALQUILER

Establecer en el PGOU – especialmente en la Memoria Justificativa y el Estudio Económico – que el Patrimonio Municipal de Suelo que se obtenga por la participación en las plusvalías urbanísticas en estas actuaciones integradas y sectores se destinen íntegramente al alquiler público y asequible.

La Ley 3/2015 de Vivienda exige que las Administraciones Públicas están obligadas a contribuir a hacer factible el derecho subjetivo a la vivienda mediante la promoción de vivienda protegida en régimen de alquiler (artículo 7). Por ello solicitamos que las posibles ganancias que se deriven de las actuaciones, se destinen al alquiler público.

06. VIVIENDA USO TURÍSTICO

Incluir un articulado en la Memoria Justificativa y una Ordenanza más donde se fije la prohibición del uso de vivienda turística en el Puerto Viejo y como se regularán las viviendas turísticas en el resto del municipio. En el resto de las zonas, la vivienda de uso turístico no podrá implantarse más que en la planta baja o en la primera planta de los edificios de vivienda y preferentemente siempre con acceso independiente. 

Es imprescindible proteger el derecho de acceso a la vivienda de la ciudadanía garantizando la preferencia del uso estable como domicilio de las viviendas existentes. Es necesario regular en base a las necesidades y situación de Getxo para prevenir su deriva a ciudad-dormitorio/vacacional y evitar molestias, especulación e incremento de los precios de la vivienda. 

07. RESERVAS EQUILIBRADAS DE SUELO PARA ALOJAMIENTOS DOTACIONALES

Establecer que la mitad de las reservas de suelo con destino a Alojamientos Dotacionales (mínimo 5.000 m2 de suelo) se sitúen necesariamente en el suelo urbano; para cumplir este objetivo la reserva de suelo para Alojamientos Dotacionales se podrá hacer en una o varias actuaciones aisladas en suelo urbano sobre suelo público de equipamiento. Se adaptará la Normativa General y la Normativa Particular a este objeto. 

08. PLANES URBANÍSTICOS DE MOVILIDAD

Formulación y aprobación de un Plan Especial de Movilidad Sostenible Ciclable y Peatonal (dentro de los Planes Especiales de Dotaciones Públicas de desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana) con señalamiento de trazados de la red de bidegorris y de las sendas peatonales de modo acabado y coherente en todo el término municipal. Este Plan Especial se programa en el primer cuatrienio del desarrollo del PGOU.  

En el marco del Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi, se exige la integración de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible de los municipios con la planificación urbanística. De cara a corto y medio plazo, entendemos esta medida como urgente para poder adaptar a través de este Plan Especial los trazados de la red a las nuevas zonas de bajas emisiones, así como a aquellas necesidades que vengan marcadas por leyes y normativas supramunicipales, encaminadas a reducir las emisiones y conseguir un municipio más verde y sostenible.  

09. APARCAMIENTOS DISUASORIOS

Incluir en la ordenación estructural del PGOU un Sistema General de Aparcamiento Disuasorio de carácter periférico y dispuesto en red, todo ello de acuerdo con las previsiones y las necesidades del PMUS y realizando los estudios técnicos pertinentes para conocer el tráfico rodado existente por zonas (y barrios), así como la demanda de plazas de aparcamiento. Contemplando la posibilidad de conveniar con municipios limítrofes el emplazamiento de dichos aparcamientos disuasorios. 

El marco del Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi establece este criterio de ordenación de disponer de este tipo de infraestructuras de movilidad y bien conectadas con el transporte público o que permitan accesos a las ciudades mediante sistemas no motorizados a distancias asumibles. 

Desde Elkarrekin Getxo apostamos por los aparcamientos disuasorios para liberar las calles del municipio de la contaminación, tráfico y ruido. Por ello, planteamos la posibilidad de alcanzar convenios de colaboración con municipios limítrofes de tal forma que puedan beneficiarse ambos de la nueva capacidad de aparcamiento.


10. ESTÁNDAR DE DIVERSIDAD URBANA

Incluir en la ordenación estructural de la Normativa Particular de ZUBILLETA y sectores TOSU, MURU y PEÑA SANTA MARINA (de carácter residencial), un estándar obligado de diversidad urbana; que garantice la presencia mínima de esta actividad económica terciaria complementaria en el desarrollo de estos.

Con el objetivo de promover desarrollos residenciales equilibrados se debe asegurar una presencia mixta de otras actividades para no generar nuevas “urbanizaciones dormitorio” evitando al mismo tiempo el desplazamiento de las y los futuros residentes para atender a las funciones urbanas cotidianas (compras, etc.). El objetivo de esta propuesta es generar “corazones de barrio” con comercios y empresas a pie de calle que generen tráfico peatonal en la vía pública y actividad económica. 

11. EQUILIBRIO BARRIOS

Diferenciar en la Normativa General los siguientes tipos de equipamientos en función de la escala a la que dan servicio; a) equipamientos que sirven a todo GETXO, b) equipamientos que sirven a cada uno de los tres barrios y c) equipamientos que sirven a cada una de las zonas o subzonas. Esta escala también tendrá un tratamiento propio y diferenciado en la normativa del PGOU.

El objetivo es poder analizar con criterio la suficiencia actual de dotaciones públicas en cada uno de los barrios de Getxo. Especialmente, los de tipo b), que dan servicio a todo el barrio.  

12. EQUILIBRIO BARRIOS

Introducir en la Normativa General del PGOU que los equipamientos tipo b) que tengan carácter socio-asistencial, el uso no pueda ser intercambiado por otro uso de equipamiento distinto.

Para no perder el equilibrio y calidad de vida en los barrios, se debe dotar a los equipamientos que presten algún tipo de servicio público a un determinado barrio (sean equipamientos de titularidad pública o privada) de un régimen de protección de modo que no puedan destinarse por el planeamiento urbanístico a otros usos que no sigan siendo de carácter social o asistencial.

13. IDENTIFICACIÓN DE ZONAS DE CENTRALIDAD Y ATRACCIÓN

Introducir en la ordenación del PGOU la delimitación de las zonas de centralidad y de atracción en cada uno de los barrios (“corazones de barrios”). Señalamiento desde la Normativa General de las condiciones para el mantenimiento y potenciación de su calidad urbana. Las nuevas actuaciones urbanísticas en suelo urbano de uso residencial (integradas, de dotación) contribuirán a la creación de nuevos espacios o a la potenciación de los ya existentes, maximizando la presencia pública tanto en suelo como en techo.

Cada barrio debe contar con una “zona de centralidad” que permita y que sirva de polo de atracción. Para ello sería imprescindible que en el PGOU (plano de ordenación) se identifiquen y delimiten estas “zonas de centralidad” (corazones de barrios). Estas zonas de centralidad y de atracción deben tener un régimen urbanístico distinto. 

Las actuaciones urbanísticas de dotación previstas deben contribuir a fomentar el atractivo y calidad urbana de estas zonas (zonas verdes y peatonales, corredores comerciales, zonas de estancia, presencia equipamental, generación de polos de atracción de actividad económica a pequeña escala o escala intermedia, etc.). La compensación económica por no poder cumplir con las dotaciones públicas en sus ámbitos, redundarán en el incremento dotacional en estas zonas. 

Estas “zonas de centralidad” serán también un objetivo específico de las actuaciones integradas en suelo urbano residencial bien para disponer de un espacio propio o bien para fortalecer los espacios de centralidad próximos a estas actuaciones. 

14. SISTEMA GENERAL DE ESPACIOS LIBRES

Introducir en la ordenación estructural del PGOU (Normativa Particular de los sectores TOSU, MURU y PEÑA SANTA MARINA, de carácter residencial) la exigencia del cumplimiento de, al menos, la mitad de las superficies precisas para el cumplimiento de los estándares del Sistema General de Espacios Libres dentro de cada uno de los sectores.

En materia de cumplimiento de los Sistemas Generales de Espacios Libres que son exigidos por los nuevos desarrollos destaca que todos descansan en un mismo gran parque urbano. Esto supone que otros sectores completos se queden sin su propio sistema general de espacios libres dentro de su propio sector, criterio que no se comparte. 

15. ACTUACIONES DE DOTACIÓN. SISTEMAS DE ESPACIOS LIBRES

Introducir en la ordenación estructural del PGOU la exigencia del cumplimiento de la superficie de Sistema General y Local de Espacios Libres de las actuaciones de dotación mediante la obtención de nuevos suelos o bien mediante la recalificación de actual viario público en nuevas zonas peatonales con presencia verde; y, en todo caso, en suelo urbano. La reconversión de viario en zonas peatonales y verdes buscará formar una red coherente con lo existente o contribuirá a potenciar las zonas de centralidad del barrio respectivo. 

Los incrementos de viviendas sobre parcelas aisladas, en el centro de la ciudad, las actuaciones de dotación generan la necesidad de un SGEL de 4.278 m2 de suelo. El PGOU propone que la cesión de este suelo sea compensada económicamente a favor del Ayuntamiento sin compromiso ulterior de destino, criterio que no se comparte. Siendo posible que la actuación de dotación no pueda generar el suelo que precisa para cumplir el estándar de los espacios libres, tanto general como local, se propone que con esta compensación se financie la conversión de viario existente en nuevas zonas peatonales, pero siempre en suelo urbano dentro de la trama urbana y en el mismo barrio. 


16. PATRIMONIO MUNICIPAL DE SUELO

El documento de análisis económico del PGOU deberá disponer expresamente un apartado dedicado al Patrimonio Municipal de Suelo. En este apartado, se establecerá el compromiso municipal de destino de los suelos residenciales obtenidos por la participación del 15% íntegramente a vivienda en régimen de alquiler asequible; promovida por el propio Ayuntamiento o a través de acuerdos institucionales con terceros (Gobierno Vasco, promotores privados…). 

Se especificará en este apartado también el compromiso de reinversión de compensaciones económicas por incumplimiento de obligaciones urbanísticas de espacios libres, en suelos urbanos dotacionales de nueva creación o de reconversión de viario en la trama urbana consolidada. 

El Ayuntamiento de GETXO se va a hacer con paquetes de suelo importantes urbanizados para vivienda protegida por su participación del 15% en el desarrollo de sectores de suelo residencial. La Ley 3/2015, de Vivienda en Euskadi habla de que los Ayuntamientos deben colaborar con el Gobierno Vasco para satisfacer el derecho de acceso a una vivienda en régimen de alquiler asequible. Y la situación alocada del mercado de la vivienda en GETXO reclama un esfuerzo importante en el PGOU. Debe existir un compromiso de destino de estos suelos a vivienda en alquiler. Lo que contribuirá a que el 50% de las reservas de edificabilidad a vivienda protegida se destine al alquiler, como antes se ha pedido. 

Así mismo, en coherencia con enmiendas anteriores, en este Estudio deberá aparecer el compromiso de reinversión de las compensaciones económicas por el incumplimiento de las obligaciones urbanísticas en nuevos suelos dotacionales o en la reconversión de viario en nuevas zonas verdes y peatonales. Todo ello en cumplimiento de la normativa vigente.

17. VIVIENDA PROTEGIDA EN ALQUILER

Introducir en la Normativa Particular de las Actuaciones como un uso diferenciado la Vivienda Protegida en régimen de alquiler asequible (VPA). Revisar el valor atribuido en los coeficientes de ponderación de la Memoria a este tipo de vivienda protegida en alquiler ya que la vivienda protegida en régimen de alquiler asequible no tiene necesariamente que identificarse con el alquiler social.  

En coherencia con enmiendas anteriores presentadas, exigencia de que el 50% de las reservas de suelo para vivienda protegida se destinen al Alquiler Asequible, es preciso introducir la Vivienda Protegida en Alquiler Asequible de forma separada dentro de las reservas a viviendas protegidas en la Normativa Particular. 

En la Memoria se atribuye un valor económico a la vivienda protegida en alquiler (coeficiente de ponderación). Revisar el valor atribuido en los coeficientes de ponderación de la Memoria a este tipo de vivienda ya que la vivienda en régimen de alquiler asequible no tiene necesariamente que identificarse con el alquiler social.  

18. PROGRAMACIÓN PGOU

En el documento del PGOU existirá un apartado específico de Programación de las actuaciones donde se pueda visualizar de forma conjunta, ordenada cronológicamente, las priorizaciones temporales establecidas. En esta priorización temporal de las actuaciones se tendrá en cuenta la necesidad de disponer con urgencia de suelo para vivienda protegida, para lo que deberá establecerse como una prioridad absoluta el desarrollo de, al menos, uno de los sectores residenciales prioritarios. 

Para el correcto ejercicio de la gobernanza que queremos en nuestro municipio, y la rendición de cuentas, vemos necesario introducir la necesidad de una calendarización de las actuaciones del Plan General. Esta enmienda busca garantizar la participación y la transparencia ciudadana y la labor de la oposición de control al Gobierno.

19. VIGENCIA Y SEGUIMIENTO PGOU

La vigencia de este PGOU será indefinida, en tanto en cuanto no sea sustituido por otro documento de naturaleza y alcance semejante, y ello sin perjuicio de las posibles modificaciones y adaptaciones que puedan tramitarse, pero se tiene la a obligación de iniciar el proceso de revisión de este PGOU en un plazo máximo de 10 años. Además, el equipo de gobierno ha de dar cuenta de la evolución y del desarrollo de las realizaciones y ejecución del PGOU, en base a lo establecido en la Programación, a través de la formulación de un informe de seguimiento, de carácter bianual, con indicadores objetivos. Este documento se presentará en el Consejo Asesor de Planeamiento para que emita informe. Esta obligación constará en el documento donde conste la Programación arriba referida y deberá hacerse pública a la ciudadanía a través de internet.

Vemos fundamental establecer un periodo de obligatoriedad para que el gobierno municipal comience el proceso de revisión del Plan General.  Esta medida busca evitar que se repita situaciones de desamparo y vulneración de derechos como las sucedidas con el anterior PGOU. 

20. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PGOU

Para atender correctamente la introducción de la perspectiva de género y de la protección patrimonial en el PGOU, se abrirá el Consejo Asesor de Planeamiento a la participación de representantes de estos dos colectivos ciudadanos. Si fuera preciso, incluso modificando el Reglamento existente. Dicha participación deberá darse a  lo largo del periodo de vigencia y aplicación del PGOU.

Entendemos que la Participación Ciudadana debe extenderse a introducir esta doble perspectiva en la formulación del PGOU, pero también a la hora de su seguimiento a través del Consejo Asesor de Planeamiento. Creemos firmemente en la necesidad de que la ciudadanía no solo participe en la realización del PGOU sino también en su seguimiento posterior, cuando éste se aplique a lo largo de los sucesivos años. 

Para el correcto ejercicio de la gobernanza que queremos en nuestro municipio, y la rendición de cuentas, vemos necesario introducir la necesidad de una calendarización de las actuaciones del Plan General. Esta enmienda busca garantizar la participación y la transparencia ciudadana y la labor de la oposición de control al Gobierno.

21-26. PROTECCIÓN ZONAS VERDES Y RURALES DE ANDRA MARI Y AZKORRI

Defendemos la conservación de las zonas verdes y el medio rural de nuestro municipio y queremos promover su protección. Por ello pedimos que se clasifiquen cómo no urbanizable y se clasifique cómo de uso rural a todas esas zonas de Andra Mari de Getxo que consideramos que no es necesario plantear como urbanizables en este Plan General y que pueden contribuir para el desarrollo de un sector primario del municipio mediante la puesta en marcha de  futuras medidas para su promoción y revitalización. 

También solicitaremos medidas para que los caseríos ubicados en esta zona sean protegidos según corresponda, puedan ser reparados,  conservados y segregados bajo requisitos, prohibiendo el aumento de la superficie construida.

27. PARKING DE AUTOCARAVANAS

Establecer una nueva AEDP en La Galea para que ⅓ del actual espacio destinado para el Parking del Fuerte de La Galea se destine a un Parking Público de Autocaravanas con los servicios y saneamientos. El mismo debe realizarse teniendo en cuenta estrictos criterios de sostenibilidad.

El sector de las autocaravanas y de las furgonetas adaptadas experimenta desde hace años un alza y se ha consolidado como un motor alternativo para el turismo ante la crisis del coronavirus. El Ayuntamiento de Getxo no puede obviar esta tendencia, por ello proponemos en esta enmienda que se asigne en el PGOU un área acondicionada para tal fin en el municipio, y que esto se haga con estricto respeto al medio ambiente. 

Queremos recordar que, en su momento, ya se aprobó en Pleno la habilitación de un área específica para estos vehículos, que fue pospuesta ante la posibilidad de que se acometiese una infraestructura similar por parte de la iniciativa privada. Una vez descartada aquella posibilidad, y teniendo en cuenta las consecuencias de la pandemia en el sector turístico, es el momento de retomar la iniciativa pública e implementar un área de aparcamiento y pernocta de autocaravanas, según conclusiones del estudio del proyecto de ubicación y viabilidad realizado en 2020. Además, la existencia de una posible iniciativa privada no debe ser motivo para no proveer al municipio de una infraestructura pública de este tipo.
Este área debe contar con servicio de suministro eléctrico, agua, punto limpio de eliminación de aguas grises y un espacio para reciclar, y su realización deberá ser acordada con los vecinos y vecinas de la zona elegida para tal fin.

28. AMPLIAR AEDP

Establecer una Actuación de Ejecución de Dotaciones Públicas AEDP en el ámbito de ordenación urbanística de Zubilleta para destinarlo a los siguiente usos:

Una dotación que pueda albergar una haurreskola con acceso independiente, previo acuerdo con el Consorcio de Haurreskolak y el Gobierno Vasco.
Una Gaztetxe que incluya una sala de estudio.
Una OAC.

La propuesta actual busca dar espacio a una Haurreskola en Algorta y Gaztetxe Público que incluya una sala de estudio a la vez que pretende crear un núcleo de influencia en la zona de Zubilleta bajo el concepto de una ciudad con “corazones de barrio”.

La demanda de una Haurreskola en Algorta no es nueva. El número de haurreskolak en Getxo es insuficiente. Si comparamos con las localidades vecinas se hace evidente que tanto por su número de habitantes, como por su distribución en núcleos de población diferenciados, Berango tiene 7.100 habitantes para 1 haurreskola, Leioa 31.500 habitantes para 2 haurreskolak, Erandio 24.200 habitantes para 3 haurreskolak y Getxo 78.300 habitantes para 1 haurreskola.

Por otra parte, la juventud está demandando espacios para su ocio y estudio, así lo han hecho saber en el pleno municipal y con sus reivindicaciones en la calles del municipio, por todo ello se propone ubicar un Gaztetxe en este ámbito de ordenación que incluya además una sala de estudio.
Por último, el cierre y centralización de la OAC en Getxo nos lleva a pedir la puesta en marcha de una oficina de atención de ventanilla única en Zubilleta que se sume a las existentes y provea del servicio a esta zona del municipio y a los barrios colindantes.

29. HUERTOS URBANOS MUNICIPALES

Hacer una reserva de suelo para destinarlo a huertas públicas municipales en el ámbito de ordenación urbanística ARRU AI-R06 sobre la zona inundable de más de 500 años que linde con las zonas no inundables y que cuente con accesibilidad universal.

Promover el desarrollo de la huerta tradicional en Getxo y de los huertos urbanos y periurbanos puede producir grandes beneficios tanto a quienes cuidan de ellos como a todo el municipio. Entre otras cosas, mejora los entornos urbanos, fomenta el desarrollo sostenible, proporciona un aumento de la biodiversidad, promueve la producción y el consumo local de alimentos, la educación ambiental y nutricional e impulsa la alimentación saludable y el ocio activo. En definitiva, contribuyen a la mejora de la salud y la calidad de vida. Además, estos huertos son un lugar de conexión física entre las ciudades, el medio rural y la agricultura que influyen en la mejora de la calidad de vida municipal. 

En Euskadi son una actividad en alza y ciudades como Vitoria-Gasteiz cuentan con experiencias a imitar, que se han demostrado muy exitosas y que han contribuido a incorporar en el día a día de sus habitantes las nociones de soberanía alimentaria, producción local de alimentos y alimentación sana entre otros. 

30. AMPLIAR AEDP EN TRINITARIOS

Definir nuevas actuaciones de ejecución de dotaciones públicas en TRINITARIOS para una ludoteca, una sala de exposiciones y una sala de estudio. 

Con el fin de ampliar la dotaciones públicas de Getxo proponemos, en el ámbito consolidado de Trinitarios, donde ya se establece que se harán dotaciones municipales, ubicar los espacios descritos en la enmienda para mejorar la atención a la juventud y a la infancia getxotarra y para dotar de un nuevo espacio de exposiciones al municipio

31. PROTECCIÓN DE AZKORRI

Blindar mediante un Plan Especial del Suelo No Urbanizable cualquier tipo de actuación urbanística futura en los terrenos del antiguo edificio de telefónica ubicado en las inmediaciones del parking de la Playa de Gorrondatxe, estableciendo que su uso sólo podrá destinarse a dotaciones públicas o privadas de uso cívico-cultural o deportivo.

Esto deberá recogerse expresamente dentro de los Planes Especiales en Suelo No Urbanizable que solicitamos en la enmienda al respecto, para establecerse dentro de las normas adicionales de cara a la protección y a la potenciación de los enclaves naturales más significativos o con mayor valor ambiental. 

Es de sobra conocida la problemática de saturación de coches en aparcamiento en la zona de Azkorri,  sobre todo en verano.  Por ello debemos procurar proteger esta zona de la posibilidad de apertura de establecimientos privados que se dediquen a actividades que, más allá de conservar este enclave protegido,  puedan contribuir a su deterioro.  Por ello creemos que es fundamental evitar que el inmueble que albergaba la antigua sede de Telefónica se pueda convertir en un negocio hostelero o similares. Desde Elkarrekin Getxo proponemos la ubicación de un centro de interpretación ambiental arqueológico/geológico/ambiental.